Cada entrada siguiente es la regla tal como la publica Sudáfrica. Es una referencia, no un calendario: cuando el plazo parte de algo que solo usted conoce, la página lo dice en lugar de mostrar una fecha.
Esta es la norma tal como la publica el registro, contrastada con la fuente primaria en la fecha indicada. No es tu fecha de presentación. Cuando el plazo se cuenta desde la constitución, desde un ejercicio fiscal que la propia sociedad elige o desde un hecho que solo tú conoces, aquí no puede deducirse ninguna fecha: ves la fórmula, no la respuesta. Las prórrogas, los regímenes transitorios y las exenciones para tipos concretos de entidad no están reflejados. Confirma con el registro antes de fiarte de una fecha.
El ejercicio social de una sociedad sudafricana no está fijado por la ley: la sociedad establece su propio cierre y la Commission lo registra. La Companies and Intellectual Property Commission enuncia los límites con sus propias palabras — una sociedad «may not choose a financial year end that will result in the total financial year being more than 15 months» y «may only change its financial year-end once during a particular financial year»; el nuevo cierre debe ser posterior a la fecha de presentación del aviso, el cierre vigente no debe haber transcurrido ya, y el acortamiento de un ejercicio no tiene duración mínima. El cambio se presenta como «Company financial year end (CoR25)». La consecuencia pesa más que la regla. Dos de los deberes de abajo no pueden fecharse en esta página mientras no se aporte el cierre propio de la sociedad: la declaración del impuesto de sociedades se cuenta doce meses desde esa fecha, y el segundo periodo de pago fraccionado cae en esa misma fecha. Tres deberes no corren con este reloj. La declaración anual, y con ella las presentaciones de titularidad real y de estados financieros que la acompañan, se cuentan desde el aniversario de la constitución y no se desplazan al cambiar el cierre; la declaración de IVA sigue un periodo impositivo que asigna el South African Revenue Service.